Artículo
18.—El incumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente
reglamento, dará lugar a la aplicación de las sanciones y medidas especiales
que contempla la Ley General de Salud.
Además,
las autoridades de salud podrán presentar la denuncia ante el Tribunal
Ambiental Administrativo, según los procedimientos establecidos para tal fin,
así como en la vía penal ante el Ministerio Público, de acuerdo al artículo
281, inciso a) del Código Procesal Penal y artículo 322 del Código Penal.
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