Artículo 6º—Refórmese el artículo 28 para incluir
una fórmula separada para las licencias clase A, en identidad de condiciones a
la establecida para las licencias clase B; ante ello, este numeral deberá
modificarse para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 28.- Las licencias podrán denegarse
en los siguientes casos:
a. Cuando la ubicación del establecimiento sea
incompatible con el expendio de bebidas alcohólicas, conforme al artículo 9 de
la Ley número 9047.
b. Cuando el solicitante se encuentre atrasado en
el pago de sus obligaciones con la Municipalidad, de cualquier índole que estas
sean.
c. Cuando el giro solicitado para la licencia de
expendio de bebidas con contenido alcohólico sea incompatible con la actividad
comercial ya autorizada para el establecimiento.
d. Cuando la solicitud esté incompleta o
defectuosa y no sea corregida dentro del plazo conferido al efecto.
e. Cuando lo solicitado sea una licencia temporal
y se den los supuestos contenidos en el párrafo tercero del artículo 7 de la Ley
número 9047.
f. Cuando la cantidad total de licencias clase B
otorgadas en el Cantón Central de San José exceda la proporción de una por cada
trescientos habitantes del Distrito, se deberá contabilizar para el cálculo de
esta proporción las patentes existentes otorgadas bajo la Ley número 10. De igual manera aplicará para el caso de las
licencias clase A.
g. Cuando la cantidad total de licencias otorgadas
bajo la Ley número 9047 para clase C y D excedan la proporción de una por cada trescientos
habitantes del Distrito. Para el cálculo de la proporción de éstas categorías
no se contabilizarán las patentes otorgadas bajo la Ley número 10.
h. Cuando proceda la aplicación de criterios de
conveniencia, oportunidad, racionalidad, proporcionalidad, razonabilidad,
interés público, interés superior del menor, riesgo social y desarrollo
equilibrado del cantón, que motiven tal denegatoria.
Para la
determinación del total de habitantes del Cantón, se acudirá al último estudio
de población realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC).
Para la aplicación
de los incisos f) y g) de este artículo, la Municipalidad a través de la
dependencia encargada de otorgar las licencias y patentes de funcionamiento,
determinará la cantidad de licencias de licores por autorizarse en cada
distrito aplicando las siguientes fórmulas:
X1 = (H/300) – (A1+A2)
X2 = (H/300) – (B1+B2)
X3 = (H/300) – (C+D)
X1: Licencias
de funcionamiento de licores clase A por autorizarse en el distrito. Se
contabilizarán únicamente unidades completas, sin posibilidad de aplicar
redondeo. En caso de ser X1 un valor negativo, no podrá autorizarse o
incrementarse la cantidad de licencias en el distrito que corresponda.
X2: Licencias
de funcionamiento de licores clase B por autorizarse en el distrito. Se
contabilizarán únicamente unidades completas, sin posibilidad de aplicar
redondeo. En caso de ser X2 un valor negativo, no podrá autorizarse o
incrementarse la cantidad de licencias en el distrito que corresponda.
X3: Licencias de funcionamiento de licores clase
C y D por autorizarse en el distrito. Se contabilizarán únicamente unidades
completas, sin posibilidad de aplicar redondeo. En caso de ser X3 un valor
negativo, no podrá autorizarse o incrementarse la cantidad de licencias en el
distrito que corresponda.
H: Número de habitantes por distrito según
último estudio de población de INEC.
A1: Licencias clase A autorizadas bajo la
Ley de Licores N°10.
A2: Licencias
clase A autorizadas bajo la ley N° 9047.
B1: Licencias clase B autorizadas bajo la
Ley de Licores N°10.
B2: Licencias clase B autorizadas bajo la
ley N° 9047.
C: Licencias clase C autorizadas bajo la ley
N° 9047.
D: Licencias clase D autorizadas bajo la ley
N° 9047.
Cuando
se dé la renuncia, revocación o cancelación de una licencia de funcionamiento
de licores, y las licencias existentes excedan en ese momento el máximo
tolerado; la dependencia encargada de otorgar las licencias y patentes de
funcionamiento, no podrá emitir nuevas licencias procurando nivelar las
existentes al máximo que dé como resultado las formulas señaladas.”