- INSTITUTO
MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Mediante Acuerdo N° 522-10-2013, Acta N° 076-10-2013,
el Consejo Directivo del Instituto Mixto de Ayuda Social, aprobó la Reforma al Artículo 33 del
Reglamento para la
Prestación de Servicios y Otorgamiento de Beneficios del
IMAS, según Gaceta N° 61 del lunes 28 de marzo del 2011, en los
siguientes términos:
Artículo 33.—El IMAS contará con uno o varios manuales
de procedimientos para la ejecución de los servicios y beneficios ofertados,
este será una guía sistemática sobre la secuencia lógica de los procesos y
actividades que deben seguir los órganos o funcionarios competentes, para
aplicar el presente reglamento.
El o los
manuales no serán una mera repetición de las normas legales establecidas en
otros documentos oficiales y deberán contener aspectos como:
1.
Definición y descripción del servicio o beneficio ofertado.
2.
Definición de procesos por cada servicio o beneficio (ejemplo: valoración de
beneficiarios, aprobación, renovación y anulación de beneficios).
3.
Definición de actividades de los procesos.
4. Flujogramas de procesos.
5.
Definición de responsables de los procesos y actividades.
6. Tiempos de duración del proceso y sus actividades.
7. Lugar de los trámites.
El o los Manuales de Procedimientos deberán ser elaborados y actualizados,
cuando así corresponda, por las Unidades y Programas del nivel central y por el
Departamento de Instituciones de Bienestar Social, con los insumos provenientes
del nivel regional. La aprobación de los manuales es potestad de la Gerencia General
del IMAS.