Nº 37960-H
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N°
38692 del 12 de setiembre del 2014 "Actualización de Tramos de Renta para el Impuesto al Salario (Período Fiscal
2015)")
- LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
- Y EL
MINISTRO DE HACIENDA
Con
fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 140, incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso
l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración
Pública de 2 de mayo de 1978; en la Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributarias, Nº 8114 del 4 de julio del 2001, y en los artículos 34
y 64 inciso b) de la Ley Nº
7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Considerando:
1º—Que
los artículos 34 y 64 inciso b) de la
Ley Nº 7092 publicada en La Gaceta Nº
96 del 19 de mayo de 1988 y sus reformas, obligan al Poder Ejecutivo a
modificar en cada período fiscal, los créditos y los tramos del impuesto a que
se refiere el Título II de la citada ley, de conformidad con los cambios
experimentados en el Índice de Precios al Consumidor, que determine el
Instituto Nacional de Estadística y Censos.
2º—Que
la Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributarias Nº 8114, publicada en el Alcance Nº 53 a La Gaceta Nº 131
del 9 de julio de 2001, en sus artículos 19 y 21 establece nuevos montos por
concepto de créditos fiscales, que tienen que ser actualizados en cada período
fiscal con base en las variaciones del índice de precios al consumidor.
3º—Que
mediante Decreto Ejecutivo Nº 37346-H de 11 de setiembre del 2012, publicado
en La Gaceta Nº
196 del 10 de octubre de 2012, se actualizaron los créditos y tramos del
impuesto a que se refiere el Título II de la citada ley Nº 7092.
4º—Que
según datos del INEC, la serie cronológica del “Índice de Precios al
Consumidor”, experimentó una variación anualizada entre agosto del 2012 y
agosto del 2013 de un 5,31% que se considera apropiada para indexar los montos
de los tramos y créditos fiscales para el período fiscal 2014, dado que no se
dispone de la variación del mes de setiembre del 2013.
5º—Que para facilitar la adecuada gestión y administración del impuesto, es
conveniente redondear los montos de los tramos de las rentas que se obtengan
con la aplicación del citado índice, y de los créditos fiscales según el
artículo 34 de la Ley N°7092.Por
tanto,
Decretan:
- ACTUALIZACIÓN
DE TRAMOS DE RENTA PARA
- EL
IMPUESTO AL SALARIO, PERIODO FISCAL 2014
Artículo
1º—Modifícase los tramos de las rentas establecidas en los apartes a), b) y c)
del artículo 33 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta Nº
7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, actualizados mediante Decreto
Ejecutivo Nº 37346-H de 11 de setiembre de 2012, publicado en La Gaceta Nº 196
del 10 de octubre de 2012, de la siguiente forma:
a) Las rentas de hasta ¢752.000,00 mensuales no estarán sujetas
al impuesto.
b) Sobre
el exceso de ¢752.000,00 mensuales y hasta ¢1.128.000,00 mensuales, se pagará
el diez por ciento (10%).
c) Sobre el exceso de ¢1.128.000,00 mensuales se pagará el
quince por ciento (15%).