Artículo 9º—Efectos
de la solicitud de un fraccionamiento de pago. La interposición de una
solicitud de fraccionamiento de pago surte los siguientes efectos:
1) Interrumpe la
prescripción de la deuda tributaria.
2) Suspende el cómputo de la sanción
por morosidad en el pago de la deuda tributaria, únicamente cuando es aprobada
la solicitud de fraccionamiento de pago.
3) No interrumpe la instrucción y
aplicación de la sanción de cierre de negocio establecida en el artículo 86 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, siempre que la infracción se
haya configurado con anterioridad a la interposición de la solicitud de fraccionamiento
de pago.
4) Suspende el cobro de la deuda
tributaria a que se refiera, más no será motivo para levantar los embargos
decretados en vía administrativa hasta que sea aprobada la facilidad de pago.
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