Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 113
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 113     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 113
Ir al final de los resultados
Artículo 113
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior

Artículo 113.-Quórum de las sesiones. Para sesionar se requiere de la presencia de cuatro miembros de la COPROCOM, y de tres miembros de la CNC.

(Así modificada su numeración por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 44400 del 26 de febrero del 2024, que lo traspasó del antiguo artículo 173 al artículo 113, ya que dicho decreto ejecutivo ordenó derogar el Capítulo III Promoción de la Competencia que comprende del artículo 30 al 86, así como la derogatoria de los numerales 110, 155, 164, 182, 184, 188 y 191)

 

Ir al inicio de los resultados