Buscar:
 Normativa >> Directriz 005 >> Fecha 20/05/2013 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Directriz 005 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1

CONTABILIDAD NACIONAL

AVISO

En cumplimiento de sus deberes y funciones como Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad, atribuidos por disposición expresa de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N° 8131, la Contabilidad Nacional informa a todas las entidades y órganos comprendidos en el artículo 1 de la precitada Ley, que se ha emitido la Directriz Nº CN-005-2013, de fecha 20 de mayo del 2013, denominada “Recursos por Presupuestar”.

El documento se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:

https://www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol/Contabilidad+Nacional/AMBITO+JURIDICO+-+C.N.htm.

MSc. Irene Espinoza Alvarado, Contadora Nacional.

(Nota de Sinalevi: La presente norma se extrajo del sitio web de Contabilidad Nacional  y se transcribe a continuación:)

Directriz Nº CN-005-2013

 

La Contadora Nacional

 

Con fundamento en las potestades conferidas en los artículos 90, 91, 93 y 94 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Nº 8131 y lo establecido en el Decreto Ejecutivo número 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta número 74 del 18 de abril de 2006, denominado “Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos”,

 

Considerando

 

1º- Que mediante el artículo 93 inciso d), de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley No. 8131 del 18 de setiembre del 2001 (publicada en Gaceta N° 198 del 16 de octubre del 2011), se establecen los deberes y funciones que tendrá la Contabilidad Nacional, como el órgano rector del Subsistema, teniendo entre estos, la obligación de asesorar técnicamente a todas las entidades del sector público nacional, en la materia de su competencia.

2º- Que la Contabilidad Nacional como Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad, tiene dentro de sus objetivos remitir información útil, adecuada, oportuna y confiable para la toma de decisiones de los jerarcas de las distintas instancias del Sector Público Costarricense, responsable de la gestión y evaluación financiera, patrimonial y presupuestaria, así como para terceros interesados.

3º- Las instituciones del Sector Público comprendidas en el artículo 1º de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, tienen la obligación de atender los requerimientos de información que realiza la Contabilidad Nacional, en aras de cumplir con la función de velar porque las instituciones del Sector Público atiendan los principios y las normas contables de aceptación general en el ámbito gubernamental.

4º- Que la responsabilidad por la presupuestación de los denominados “Recursos por Presupuestar” recae directamente sobre de las instituciones interesadas.

Por tanto, se emite la siguiente directriz,

 

Directriz No. CN-005-2013

 

“Recursos por Presupuestar”

 

Artículo 1º- Ámbito de aplicación. La presente directriz es de acatamiento obligatorio para todas las instituciones que se encuentran bajo la rectoría del Subsistema de Contabilidad, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 1 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.


 

Ir al inicio de los resultados