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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37799 >> Fecha 17/06/2013 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37799 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil trece.

 

 

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