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 Normativa >> Reglamento municipal 21 >> Fecha 27/05/2013 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento municipal 21 - Articulo 3
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Artículo 3
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CAPÍTULO III

De la categorización de los establecimientos destinados
a la venta de bebidas con contenido alcohólico

Artículo 3°—Categoría única. A cada local o establecimiento destinado al expendio de bebidas con contenido alcohólico, la Municipalidad le asignará una única categoría de acuerdo a la modalidad de explotación de licores autorizada, la cual no podrá ser modificada por el licenciatario y deberá ajustarse en todo a las condiciones de operación dispuestas en el artículo siguiente.

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