CAPÍTULO VI
- De la fiscalización de la actividad de comercialización
- de bebidas con contenido alcohólico
Artículo 22.—Competencia. Corresponderá a los funcionarios de la Sección de Fiscalización
Tributaria de esta Municipalidad, la verificación del cumplimiento y estricta observancia
de las exigencias y condiciones normativas requeridas, tanto para el
otorgamiento de la licencia en relación como para su ejercicio en un
establecimiento destinado o por destinar, al comercio de licores al detalle en
cualquiera de sus modalidades.
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