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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37731 >> Fecha 27/05/2013 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37731 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Es responsabilidad de la administración activa del Consejo de Transporte Público, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

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