Artículo 14.—Término para reclamos. En caso de que exista disconformidad por parte de
algún jugador sobre el pago o no de un premio o sobre el monto respectivo que
se haya pagado, se podrá presentar el respectivo reclamo, el cual debe
dirigirse al Departamento de Tesorería de la Junta. La fecha límite
para su presentación, lo es dentro del plazo de sesenta días naturales contados
a partir del día hábil siguiente al registro de los resultados del sorteo.
La Junta atenderá, resolverá y
comunicará al interesado su resolución, dentro del plazo de un mes siguiente al
recibo de la solicitud firmada por el reclamante.
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