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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37641 >> Fecha 02/04/2013 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37641 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 37641-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N° 2366, Ley de la Editorial Nacional de 10 de junio de 1959 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo N° 37042-H de 13 de marzo de 2012 y sus reformas.

Considerando:

I.—Que mediante la Ley N° 2366, publicada en La Gaceta N° 132 de 14 de junio de 1959 y sus reformas, se creó la Editorial Costa Rica (ECR), con el fin de fomentar la cultura del país mediante la edición de obras literarias, artísticas y científicas de costarricenses y de extranjeros en casos de mérito especial. 

II.—Que de conformidad con el artículo 2° de dicha Ley, la ECR, publicará las obras didácticas que por disposición oficial del Ministerio de Educación Pública, deban ser usadas en escuelas y colegios del Estado. Además, según el artículo 3°, deberá estimular a los autores costarricenses, para lo cual publicará sus libros, procurando el menor costo y la mayor divulgación; y anteponer, en beneficio de la cultura costarricense las metas de divulgación cultural a las de tipo comercial.

III.—Que mediante el oficio ECRG-023-13 del 19 de febrero del 2013, la Gerente de la ECR, solicita modificar el gasto presupuestario máximo del 2013 en la suma de ¢54.700.000,00 (cincuenta y cuatro millones setecientos mil colones exactos) con el fin de reforzar gastos de operación para la gestión de la Institución.

IV.—Que de dicho monto corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo la suma de ¢25.150.000,00 (veinticinco millones ciento cincuenta mil colones exactos), de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37042-H, publicado en el Alcance Digital No. 35 a La Gaceta N° 59 de 22 de marzo de 2012 y sus reformas, con el fin de reforzar la partida de bienes duraderos, consistente en la ampliación del edificio específicamente ampliar la bodega, adquirir equipo para automatizar los procesos de facturación, bodega, cobros y registros contables, los cuales se financiarán con recursos provenientes de la venta de bienes y servicios del período de la ECR.

V.—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37042-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2013, estableciéndose en el artículo 5°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo resultante para la ECR, fue establecido en la suma de ¢324.480.000,00 (trescientos veinticuatro millones cuatrocientos ochenta mil colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0855-2012 de 26 de abril de 2012, cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

VI.—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado para la ECR para el 2013, incrementándolo en la suma de ¢25.150.000,00 (veinticinco millones ciento cincuenta mil colones exactos). Por tanto:

DECRETAN:

Artículo 1º—Amplíese para la Editorial Costa Rica el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2013, establecido en el Decreto Ejecutivo N° 37042-H, publicado en el Alcance Digital N° 35 a La Gaceta N° 59 de 22 de marzo de 2012 y sus reformas, en la suma de ¢25.150.000,00 (veinticinco millones ciento cincuenta mil colones exactos), para ese período.

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