Artículo 7º—Otorgamiento. El PREMIO y el RECONOCIMIENTO serán
administrados por el COMITÉ TÉCNICO, el cual desarrollará acciones permanentes
para identificar, establecer e informar sobre las BASES, las condiciones y los
períodos a considerar para los otorgamientos correspondientes. Las metodologías
que sean utilizadas comprenderán componentes de autoevaluación e incluirán
prácticas reconocidas y probadas en el ámbito internacional para incrementar la
eficiencia, la eficacia y la mejora general en la calidad de los servicios en
las instituciones públicas. El cronograma del PREMIO y del RECONOCIMIENTO
identificará las etapas de difusión o divulgación, convocatoria, inscripción,
inducción, visitas, evaluación, otorgamiento y realimentación.
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