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 Normativa >> Reglamento 8617 >> Fecha 22/01/2013 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento 8617 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9º—De los Seguros. Todos los vehículos deberán estar cubiertos por una póliza de seguro, que cubra al menos lesión o muerte de personas, daños a la propiedad de terceros, robo o hurto, colisión y vuelco.

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