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 Normativa >> Reglamento municipal 07 >> Fecha 04/02/2013 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 07 - Articulo 1
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MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

(Esta norma fue derogada mediante Fe de Erratas, publicada en La Gaceta N° 213 del 5 de noviembre del 2014, página N° 64)

SM.-0259-2013.—Alejandra Bustamante Segura, cédula Nº 2-526-828. Licenciada en Derecho, Secretaria del Concejo Municipal Certifica:

Que el Concejo Municipal de San Carlos en su Sesión Ordinaria celebrada el lunes 04 de febrero del 2013, en el Salón de Sesiones de ésta Municipalidad, mediante artículo Nº 05, inciso 13, del acta Nº 07 Acordó: Autorizar a la Administración Municipal para que proceda a efectuar la publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta del Reglamento a la Ley Nº 9047 denominado “Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico para la Municipalidad de San Carlos”, dado que no se presentaron objeciones durante los diez días de consulta. Votación Unánime, Acuerdo definitivamente aprobado.

REGLAMENTO A LA LEY Nº 9047, “REGULACIÓN Y

COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO

ALCOHÓLICO” PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

La Municipalidad de San Carlos, según lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4 inciso a), 13 inciso d) y 43 del Código Municipal, procede a emitir el Reglamento para el otorgamiento de Licencias Municipales requerido en el transitorio II de la Ley Nº 9047 denominada “Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”.

La Municipalidad de San Carlos, considerando:

Primero: Que el artículo 169 de la Constitución Política y el literal 3 del Código Municipal, establecen como competencia de la Administración Municipal velar por los intereses y servicios cantonales, concepto en el cual se encuentra inmerso regulación de las actividades comerciales, tal como la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico.

Segundo: Que para cumplir con las competencias otorgadas por el artículo 170 de la Constitución Política, que establecen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades, el artículo 4 del Código Municipal otorga la potestad de dictar reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico.

Tercero: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 79, 80, 81, 81 bis, 82 y 83 del Código Municipal, es competencia de las Municipalidades establecer las políticas generales de las actividades económicas que se desarrollan en su cantón.

Cuarto: Que según el voto Nº 6469-97 de las dieciséis horas veinte minutos del ocho de octubre de mil novecientos ochenta y siete, la Sala Constitucional estableció: “…que es materia municipal todo lo que se refiere al otorgamiento de las licencias para el ejercicio del comercio en su más variada gama de actividades y su natural consecuencia que es percibir el llamado impuesto de patente”.

Quinto: Que el transitorio II de la Ley Nº 9047 denominada: “Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, publicada en el Alcance Digital Nº 109 del diario oficial La Gaceta de fecha 8 de agosto del 2012, dispone que las municipalidades deben emitir y publicar el reglamento de dicho cuerpo normativo en un plazo de 3 meses.

Sexto: Se propone el siguiente Proyecto de Reglamento para la solicitud de Licencias Municipales para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro del Cantón de San Carlos.

Por tanto, mediante acuerdo 06, inciso a-4 de la Sesión Ordinaria Nº 69, celebrada por el Concejo Municipal en fecha 26 de noviembre de 2012, se aprueba el presente Reglamento a la Ley Nº9047 del 8 de Agosto de 2012, “Ley sobre la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, que se regirá por siguientes disposiciones:

REGLAMENTO A LA LEY Nº 9047, “REGULACIÓN

Y LA COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS

CON CONTENIDO ALCOHÓLICO”

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—Objeto. El objeto de este Reglamento es regular la aplicación de la Ley Nº 9047 del 8 de agosto de 2012, “Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, en los aspectos relacionados con el otorgamiento y la administración de licencias, la fiscalización y control de los establecimientos comerciales que expendan bebidas con contenido alcohólico, el consumo de bebidas con contenido alcohólico en vías públicas, y en general sobre todas las materias facultadas en la Ley 9047.

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