Artículo 70°.- Subespecialidades de la Anestesiología. Se reconocen como
Subespecialidades de la Anestesiología las siguientes:
a. Anestesiología Cardiovascular
y Torácica.
b. Anestesiología
Pediátrica.
c. Clínica y Terapia
del Dolor.
d. Anestesia
Regional basada en la Anatomía.
(Corrida su
numeración mediante sesión ordinaria N° 2015-12-02 del 2 de diciembre del 2015,
que lo traspasó del antiguo 69 al 70)
(Así
reformado en sesión N° 2018-11-28 del 28 de noviembre del 2018)
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