Artículo 27
OBLIGATORIEDAD DE OBSERVAR LAS HORAS DE CIERRE Y DE DIAS ESPECIALES EN QUE LOS
NEGOCIOS DE LICORES DEBEN ESTAR CERRADAS: El Viernes Santo no se permitirá el
expendio de bebidas con contenido alcohólico en todo el cantón, y desde las
12:00 horas del 1° de Agosto hasta las 12:00 horas del 02 de Agosto, sobre la
ruta asignada para la Romería y en un radio de 300 metros de la Basílica de
Nuestra Señora de los Ángeles, sin perjuicio de que a criterio de la
Municipalidad se cerrarán aquellos negocios que expendan bebidas con contenido
alcohólico y que puedan presentar algún riesgo para la actividad de la Romería.
Por tal motivo los establecimientos correspondientes deben permanecer
totalmente cerrados en esas fechas, salvo los negocios en los que el expendio
de bebidas con contenido alcohólico sea actividad secundaria, en cuyo caso el
cierre comprenderá únicamente la parte destinada a licores. El proceso de
patentes deberá fiscalizar el adecuado cumplimiento de esta norma.
(Así reformado en sesión
del día 23 de agosto del 2016, artículo VI del acta N° 25-2016)
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