CAPÍTULO VI
Ámbito de acción
Artículo 22.—Sujetos fiscalizados. Le corresponderá
a la
Auditoría Interna de la Municipalidad de
Curridabat fiscalizar los procesos y actividades ejecutadas en la Municipalidad, así
como en relación con los recursos que por Ley deben ser girados a otros órganos
públicos y privados y los recursos que sean girados al Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de Curridabat. Lo anterior de conformidad con las
competencias establecidas en el artículo 22 inciso a) de la Ley General de Control
Interno Nº 8292.
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