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 Normativa >> Reglamento municipal 152 >> Fecha 14/12/2011 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento municipal 152 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—La COMAD se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario en virtud de los asuntos que le sean trasladados desde el Concejo o la administración, o bien de la programación y ejecución de sus actividades propias.

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