Artículo 113.- Transitorio Único
La
Auditoría Interna contará con un plazo de doce meses a partir de la
vigencia de este Reglamento para completar los manuales y demás documentos
necesarios para guiar la actividad de auditoría interna, los cuales se harán
del conocimiento de la
Junta Directiva y en lo que sea procedente del resto de la Administración
del COSEVI.
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