CAPITULO III: DISPOSICIONES FINALES
Artículo 110.- Ajustes al manual institucional de cargos y clases
La
Administración debe incorporar los requisitos para el puesto de
Auditor Interno o Auditora Interna y de Subauditor Interno o Subauditora
Interna, otros cargos y personal según las necesidades de la Auditoría Interna,
e incluirlos en el manual institucional de cargos y clases en conjunto con las
funciones aquí establecidas, según lo dispuesto en los lineamientos de la CGR.
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