Artículo 9º—Transporte,
almacenamiento, precintado y distribución de alimentos. La Dirección de
Alimentos para Animales establecerá los requisitos para el transporte,
almacenamiento, precintado y distribución de alimentos para rumiantes con el
objeto de evitar la contaminación cruzada de alimentos para animales.
Los camiones que
transporten alimentos para animales que contengan como ingrediente HCH deben
ser sometidos a procesos exhaustivos de limpieza previa, antes de utilizarlos
para transportar alimentos para rumiantes. Los propietarios de los vehículos
deben llevar registros que permitan verificar, en cualquier momento, que estas
acciones fueron tomadas.
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