Artículo 27.—Protección al personal de Auditoría
General. Cuando el personal de la Auditoría General,
en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una
demanda, el Hospital dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y
cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final. Lo
anterior de conformidad con lo indicado en el artículo Nº 26 de la Ley Nº 8292.
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