Artículo 6.—Mecánica de juego.
Después de la realización del sorteo extraordinario del día del padre, se
procederá a extraer serie, número, número de emisión y número de fracción, la
persona que posea la combinación ganadora obtendrá el premio del vehículo. El
sorteo para la selección del ganador se hará a través de los mismos equipos
utilizados para la realización de los sorteos o los que la junta defina
previamente.
Para reclamar el premio, el ganador
debe presentarse en el Departamento de Mercadeo con la finalidad de validar sus
datos, siempre y cuando no se exceda el período de caducidad, es requisito
fundamental que el favorecido presente la fracción ganadora en buen estado,
junto con la cédula de identidad vigente o documento de identidad vigente que
lo identifique. Si dicha fracción tuviese también algún premio en efectivo,
será acreedor de ambos premios. Posterior a la validación, el Departamento de
Mercadeo brindará los datos del ganador a la Agencia, para que realicen la inscripción del
vehículo únicamente a nombre del ganador no a un tercero, en caso de que el
ganador desee vender u obsequiar el vehículo, debe pagar el traspaso.
Posteriormente, la entrega del
premio se efectuará en el Departamento de Mercadeo, con toma de fotografía para
publicar en redes sociales o en diferentes medios y además se grabará una nota
para el programa La Rueda
de la Fortuna,
de acuerdo con el objetivo de ésta promoción y respetando el derecho de imagen.
La Junta no se hace responsable por
vicios ocultos que puedan afectar el vehículo, el cual será entregado en el
estado de conservación actual sin prejuicio de algún daño en su carrocería,
motor o sistema mecánico que pudiera presentar al momento de su entrega.
La combinación ganadora se publicará
en la página electrónica de la
Junta de Protección Social y en la lista oficial de la Lotería Nacional.
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