ARTÍCULO 32.- Facultades
Las dependencias del Inder estarán obligadas a
presentarle al auditor toda la información pública que este les solicite, en la
forma y en el plazo que él mismo determine. El auditor y los funcionarios de su
dependencia, autorizados por él, tendrán libre acceso a todos los libros, los
documentos, los valores y los archivos del Inder. Los funcionarios y empleados
estarán obligados a prestarle ayuda para el mejor desempeño de sus funciones de
vigilancia y fiscalización.
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