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 Normativa >> Reglamento 224 >> Fecha 20/03/2012 >> Articulo 29
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Normativa - Reglamento 224 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29.—Régimen sancionatorio. Los funcionarios o empleados infractores de las disposiciones contenidas en el presente reglamento, se harán acreedores a las sanciones que correspondan de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes en la materia.

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