SECCIÓN V
- PLANES DE MEJORA REGULATORIA
Artículo 22º—Plan de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites.
Como parte de un proceso de mejora continua todos los entes y órganos de la Administración Pública, deberán formular
anualmente un Plan de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites
debidamente priorizado y calendarizado. El insumo fundamental para elaborar
dicho Plan, es el Catálogo Nacional de Trámites, en cuya elaboración la Administración Pública deberá
realizar una evaluación del inventario de trámites obtenido, a fin de definir
cuáles trámites deben ser eliminados o modificados y formular tales ajustes en
ese plan.
Asimismo, de ser procedente deberá crearse un programa o subprograma de
Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, cuya tarea será introducir y
priorizar los objetivos de mejora regulatoria que mediante directrices defina la Presidencia de la República como
relevantes para el país y de acuerdo con la metas de reducción de costos que
defina. Para estos casos deberá procurarse brindar los recursos necesarios para
el cumplimiento de las funciones.
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