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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 09/12/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 1
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Artículo 1
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          MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

REGLAMENTO PARA EL COBRO DEL IMPUESTO

A LOS CONCESIONARIOS DE CANTERAS DE

CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO, PLACERES,

LAVADEROS Y MINAS, UBICADOS EN

EL CANTÓN DE SAN CARLOS

          Artículo 1º—De conformidad con lo establecido en los artículos 38, 40, 49 y 55 del Código de Minería, Ley Nº 6797 del 22 de octubre de 1982 y sus reformas; el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas; el artículo 4º incisos a) y d) de la Ley Nº 7794, Código Municipal del 18 de mayo de 1998; la Municipalidad de San Carlos emite el presente “Reglamento para el cobro impuesto a los concesionarios de canteras, cauces de dominio público, minas, placeres y lavaderos, ubicados en el cantón de San Carlos”.


 

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