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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 21/02/2012 >> Articulo 29
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29.—Notificación de sesiones extraordinarias. Cuando se convoque a sesión extraordinaria en una sesión ordinaria, se tendrá por notificadas a las personas presentes sin necesidad de ulterior trámite. En caso de ser necesario, la convocatoria se notificará personalmente al participante permanente o invitado en su casa de habitación o trabajo, utilizando los medios permitidos.


 

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