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 Normativa >> Reglamento 13 >> Fecha 05/04/2011 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento 13 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Detalle de los premios. Se obsequiarán cuatro vehículos tipo 4x4, se entregará uno por mes, de agosto a noviembre y ¢100.000.000 equivalentes a una casa a principios del mes de diciembre.

La distribución de los premios es la siguiente:

Mes del sorteo

Sorteos participantes

Fecha del sorteo (Rueda de la Fortuna)

Premio

Julio

4140-4141-4142-4143-4144

06/08/2011

Vehículo

Agosto

4145-4146-4147-4148

03/09/2011

Vehículo

Setiembre

4149-4150-4151-4152

01/10/2011

Vehículo

Octubre

4153-4154-4155-4156-4157

05/11/2011

Vehículo

Noviembre/Diciembre

4158-4159-4160-4161-4162-4163-4164

17/12/2011

¢100.000.000

 

Los premios de vehículos 4x4 serán otorgados en especie. El ganador deberá presentar en la Junta de Protección Social la Lotería Nacional junto con la cédula de identidad o documento de identidad que lo identifique, para validar su premio y luego debe presentarse en el programa La Rueda de la Fortuna o en el Auditorio Institucional para hacer la entrega oficial del premio.

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