- ARTÍCULO 2.- Creación de la Unidad Ejecutora
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) en su calidad de
órgano ejecutor del Primer Programa de la Red Vial Cantonal (PRVC I) creará una
Unidad Ejecutora y de Coordinación, dentro de la División de Obras Públicas
(DOP).
Esta Unidad Ejecutora y de Coordinación estará conformada con el personal
gerencial, profesional, técnico y de apoyo logístico necesario para el
cumplimiento de los objetivos del Programa, quienes serán funcionarios de la
planilla regular del MOPT y/o de sus entes adscritos. No obstante lo anterior,
en caso de que no se cuente con personal en áreas que lo demanden o en los que
el personal de planta disponible no sea el idóneo o no esté disponible o
capacitado para la labor encomendada, el MOPT gestionará el nombramiento de
personal adicional durante el período de ejecución del Programa.
Por lo anterior y dada la complejidad del Programa se gestionará ante la
Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda la autorización para
incorporar o reasignar en el Programa presupuestario de la Unidad Ejecutora y
de Coordinación las plazas de personal gerencial, profesionales y de carácter
técnico necesarias, bajo el régimen de confianza.
|