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ARTÖCULO 28.- Los funcionarios de la Oficina T‚cnica
Mecanizada del Ministerio de Hacienda que han
venido ocupando puestos de la
serie "T‚cnicos", y que por un error no imputable a ellos hayan
disfrutado de una compensaci¢n econ¢mica equivalente al
veinticinco
por ciento (25%) de su salario base, conforme con la ley No. 5867
del 15 de diciembre de 1975 y sus reformas, no deber n devolver
los
montos percibidos por tal concepto.
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