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 Normativa >> Acuerdo 0035 >> Fecha 04/02/2011 >> Articulo 5
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Normativa - Acuerdo 0035 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—El certificado preventivo de uso de la tierra emitido por la Municipalidad, se aplicará de acuerdo en lo dispuesto en el ADENDUM TECNICO para la certificación de uso de la tierra en el área de proximidad a la restricción de uso establecida en este decreto.

(Mediante acuerdo N° 005-01-2013 aprobado en sesión extraordinaria N° 01-01-2013 del 9 de enero del 2013 se establece ampliar el artículo anterior por no indicar expresamente en que consiste la ampliación se transcribe a continuación: "...Artículo 5. Se exhorta a la Municipalidad de Alajuela a incluir en el Plan Regulador del Cantón de Alajuela las restricciones al uso de suelo establecidas por esta Comisión. La Municipalidad podrá hacer variaciones siempre y cuando se encuentren debidamente justificadas y se adecuen a los objetivos de esta regulación...")

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