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 Normativa >> Reglamento municipal 57 >> Fecha 31/05/2011 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 57 - Articulo 4
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CAPÍTULO II

Política de divulgación y prevención

Artículo 4°—Órgano responsable. Corresponderá al Departamento de Recursos Humanos divulgar los alcances y contenidos de la Ley 7476 y su reforma contenida en la Ley 8805, así como de este Reglamento y de las políticas internas de la Institución dirigidas a la prevención contra el hostigamiento sexual. Lo indicado podrá hacerse, entre otras formas, mediante la divulgación de copias materiales y/ o digitales del presente reglamento y de afiches colocados en lugares visibles; asimismo mediante charlas, conferencias, y actividades similares, que coadyuven a la capacitación y sensibilización del personal.

Será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos gestionar cualquier modificación a este reglamento ante reformas a la Ley N° 7476 que así lo determinen o de oficio como parte de mejoras continuas.

(Así reformado mediante sesión ordinaria N° 186 del 19 de noviembre del 2019)

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