Artículo
6-Trámite. El Ministerio de Salud verificará la presentación de los
planos constructivos de viviendas unifamiliares, y el contrato de servicios
profesionales, y los requisitos que se detallan en el artículo 3, para ello
tendrá un plazo de 7 días naturales a partir de la fecha en que se le comunica
del sellado por parte del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos. El
administrado podrá, entonces, continuar con el trámite ante la municipalidad
que corresponda. El Ministerio de Salud contará con su usuario y clave o en su
defecto, firma digital, que, en su momento se encuentre vigente. En el momento
en que lo considere oportuno, podrá ingresar al sistema y verificar los
proyectos que hayan sido o están siendo tramitados.
(Así reformado por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37174 del 29 de mayo del 2012)
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