Nº 36616-S
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
SALUD
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la
Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1
y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”.
Considerando:
I.—Que del día 20 al 24 de junio del 2011, la
Asociación de Obstetricia y Ginecología de Costa Rica, realizará el “XIII
Congreso Nacional de Obstetricia y Ginecología de Costa Rica”.
II.—Que las
actividades que se realizarán durante la actividad indicada, se consideran de
importancia para el país en materia de Salud, toda vez que reunirán a
Profesionales de las Ciencias de la Salud, tanto del sector público como del
sector privado del país, así como expertos internacionales.
III.—Que los
organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Salud la declaratoria
de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto:
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS
PÚBLICO Y NACIONAL DEL
“XIII CONGRESO
NACIONAL DE OBSTETRICIA Y
GINECOLOGÍA DE COSTA
RICA”
Artículo 1º—Se declaran de interés público y nacional,
las actividades que llevará a cabo la Asociación de Obstetricia y Ginecología
de Costa Rica, con motivo de la celebración del “XIII Congreso Nacional de
Obstetricia y Ginecología de Costa Rica”, que tendrá lugar en nuestro país, del
día 20 al 24 de junio del 2011.
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