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 Normativa >> Resolución 0 >> Fecha 11/05/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Resolución 0 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio: Los intermediarios cambiarios suscritos a MONEX deberán presentar el informe de las operaciones con derivados cambiarlos (Anexo 3) vía fax o correo electrónico hasta la fecha en que el Banco Central de Costa Rica comunique que la Norma Complementaria y el Estándar Electrónico de MONEX estén debidamente ajustados.

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