SERVICIO NACIONAL DE
SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECTRIZ
SENASA-DG-D004-2011
Considerando:
I.—Que esta Dirección General mediante Directriz
SENASA-DG-D09-2010 del 1 de noviembre del presente año y que fuera publicada en
el Diario Oficial La Gaceta No 226 del 22 de noviembre último, estableció una
serie de disposiciones de carácter administrativo para regular la movilización
de ganado bovino en pie al amparo de la Ley Nº 8799 del 17 de abril del 2010,
Ley de Control de Ganado Bovino, Prevención y Sanción de su Robo, Hurto y su
Receptación y entre las cuales se estableció una gratuidad temporal en la
entrega de las guías oficiales de movilización de ganado bovino y las bitácoras
de transportista a los diferentes interesados por parte del SENASA.
II.—Que dicha
temporalidad en la gratuidad de la entrega de las guías oficiales de
movilización de ganado bovino y las bitácoras de transportista se había
establecido hasta el 31 de marzo de los corrientes, fecha a partir de la cual
se otorgarían previa cancelación de la tarifa G38 y G41 respectivamente,
establecidas en el Decreto de Tarifas del SENASA, Decreto Ejecutivo Nº 35987-MAG del 29
de abril del 2010, publicado en La Gaceta No 104 del 31 de mayo del 2010.
III.—Que
conviene a los intereses del sistema administrado por el SENASA en la ejecución
de la Ley 8799 antes citada, prorrogar dicha gratuidad en la entrega de los
instrumentos citados por un término adicional de seis meses calendario. Por
tanto,
LA DIRECTORA GENERAL
DEL
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Emite la siguiente Directriz en relación al
otorgamiento de la entrega de las guías oficiales de movilización de ganado
bovino y las bitácoras de transportista:
Artículo
1º—Prorróguese hasta el 01 de julio del 2011, la gratuidad en la entrega de las
guías oficiales de movilización de ganado bovino y las bitácoras de
transportista, fecha a partir de la cual deberán ser canceladas por los
usuarios respectivos conforme al monto que se establezca al efecto en el Decreto
de Tarifas del SENASA. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta e
igualmente en la página Web del Servicio Nacional de Salud Animal.—Dada en
Barreal de Ulloa, a las nueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil
once.—
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