Artículo 73.—Informe
anual sobre el estado de las recomendaciones. El Auditor Interno debe
elaborar y presentar ante la Junta Directiva del INA un informe anual sobre el
estado de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, de las
disposiciones emanadas de la Contraloría General de la República y de los
despachos de contadores públicos, en los últimos dos casos, sin perjuicio de que
se elaboren informes y se presenten ante dicho órgano colegiado cuando las
circunstancias lo ameriten y sean de su conocimiento.
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