SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECTRIZ
SENASA-DG-D001-2011
CONSIDERANDO:
1º—Que esta Dirección General mediante Directriz
SENASA-DG-D09-2010 del 1º de noviembre del presente año y que fuera publicada
en el Diario Oficial La Gaceta Nº 226 del 22 de noviembre último,
estableció una serie de disposiciones de carácter administrativo para regular
la movilización de ganado bovino en pie al amparo de la Ley Nº 8799 del 17 de
abril del 2010, Ley de Control de Ganado Bovino, Prevención y Sanción de su
Robo, Hurto y su Receptación.
2º—Que el transitorio
segundo de dicha Directriz estableció que con el fin de no obstaculizar la
comercialización de ganado bovino en pie durante el período comprendido entre
el 8 de noviembre y hasta el 7 de diciembre del 2010, por una única vez, el
SENASA otorgaría hasta un máximo de diez guías provisionales de movilización a
aquellos propietarios de ganado bovino que necesiten movilizarlo y que no
tuviesen fierro inscrito o el mismo esté vencido o no hayan completado la
inscripción ante el SENASA de sus establecimientos, guías provisionales estas
que podrían utilizarse hasta el 8 de febrero del 2011, fecha a partir de la
cual serían anuladas por el sistema informático desarrollado al efecto.
3º—Que esta Dirección
General mediante Directriz SENASA-DG-D15-2010 de las nueve horas del ocho de
diciembre del dos mil diez, prorrogó los efectos de la Directriz
SENASA-DG-D09-2010 antes citada hasta el 8 de febrero de 2011.
4º—Que a través de la
Corporación Ganadera (CORFOGA) se ha manifestado al SENASA la necesidad de que
se prorroguen los efectos de las directrices antes mencionadas y que han
permitido el otorgamiento de las guías oficiales de movilización de ganado
bovino en pie en forma provisional, en virtud de que muchos propietarios de
ganado no han iniciado los trámites de inscripción de fierros o no han
completado el mismo ante el Registro de Marcas del Registro Público y por ello
no han completado la inscripción de sus establecimientos ante el SENASA,
proceso éste que les permitiría obtener las guías oficiales definitivas. Por
tanto,
EL DIRECTOR GENERAL
A. Í.
DEL SERVICIO NACIONAL
DE SALUD ANIMAL
DEL MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite la siguiente Directriz para el otorgamiento de
guías provisionales de movilización de ganado bovino en pie:
Artículo 1º—Prorróguese hasta el 31 de marzo del 2011
el otorgamiento de hasta un máximo de diez guías provisionales de movilización
a aquellos propietarios de ganado bovino que necesiten movilizarlo y que no
tengan fierro inscrito o el mismo esté vencido, pero que demuestren que han
iniciado el proceso de solicitud y el mismo se encuentra en trámite ante el
Registro Público, y que por ello no hayan completado la inscripción de sus
establecimientos ante el SENASA. La presente disposición no aplica a aquellos
que al amparo de las directrices SENASA-DG-D09-2010 del 1º de noviembre del
2010 y SENASA-DG-D15-2010 del 8 de diciembre del 2010 ya hayan obtenido el
número de guías provisionales permitido. Las guías provisionales que se hayan
entregado al amparo del Transitorio segundo de la Directriz SENASA-DG-D09-2010,
de la Directriz SENASA-DG-D15-2010 y de la presente Directriz podrán ser
utilizadas hasta el 30 de abril del 2011 inclusive, fecha a partir de la cual
serán anuladas por el sistema informático desarrollado al efecto.
Igualmente
prorróguese hasta el 31 de marzo del 2011, los alcances del Transitorio IV de
la Directriz SENASA DG-D-009-2010, fecha a partir de la cual las guías
oficiales de movilización de ganado bovino y las bitácoras de transportista
deberán ser pagadas por los usuarios conforme a las tarifas G.38 y G.41
respectivamente, establecidas en el Decreto de Tarifas del SENASA, Decreto
Ejecutivo Nº 35987-MAG del 29 de abril del 2010, publicado en La Gaceta No 104
del 31 de mayo del 2010.
(Así
adicionado el párrafo anterior mediante resolución DG-D002-2011 del 7 de
febrero del 2011)