Artículo
2º—La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de mil
quinientos cincuenta y ocho millones ciento treinta y siete mil novecientos
sesenta colones sin céntimos (¢1.558.137.960,00) y su desglose en los niveles
de programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará disponible
en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección:
www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los
archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.
Las rebajas en este Decreto se muestran como sigue:
Los aumentos en este
Decreto se muestran como sigue:
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