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 Normativa >> Resolución 003 - 1 >> Fecha 04/02/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Resolución 003 - 1 - Articulo 1
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DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

(Esta norma fue derogada por el artículo único de la resolución N° DGT-R-04-2015 del 10 de febrero del 2015)

Nº DGT-R-003-2011.—San José, a las quince horas cuarenta minutos del cuatro de febrero de  dos mil once.

Considerando:

1º—Que el artículo 99 de la Ley Nº 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. 

2º—Que es función de la Dirección General de Tributación analizar y sistematizar (recopilar, clasificar, asignar y difundir) los documentos de interés jurídico generados por esta Dirección y por el Tribunal Fiscal Administrativo. 

3º—Que el artículo 16 inciso a) del Decreto Ejecutivo No. 35.583-H de 27 de noviembre de 2009, Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación, dispone que es función de la Subdirección de Uniformidad de Criterio y Jurisprudencia, de la División Normativa: “Unificar los criterio de interpretación legal”.

4º—Que la Administración Tributaria, bajo una filosofía de servicio al contribuyente, ha utilizado el desarrollo tecnológico, para facilitar, informar y promover por todos los medios, tanto físicos como electrónicos, las disposiciones de la Administración Tributaria.

5º—Que en cumplimiento con lo que dispone el artículo 101 del citado Código, la Subdirección de Digesto Tributario de la División Normativa, cuenta con el módulo del Digesto Tributario, donde existe un apartado especial denominado “Unidad de Criterio” que será utilizado para publicar los “criterios institucionales”, que dicta la Dirección General.

6º—Que en observancia de las funciones indicadas, la Dirección General de Tributación se ha propuesto publicar con una frecuencia mínima de tres veces al año, los criterios institucionales más relevantes y de actualidad en materia tributaria. Por tanto:

RESUELVE:

PUBLICACIÓN DE CRITERIOS INSTITUCIONALES

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

Artículo 1º—La Dirección General de Tributación publicará con una frecuencia mínima de tres veces al año, los criterios institucionales actuales y de mayor relevancia en materia tributaria.

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