Artículo
2º—La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de ciento
setenta millones de colones (¢170.000.000,00) y su desglose en los niveles de
programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará disponible en
la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección:
www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los
archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.
Las rebajas en este
Decreto se muestran como sigue:

Los aumentos en este
Decreto se muestran como sigue:

|