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 Normativa >> Reglamento 0021 >> Fecha 08/03/2010 >> Articulo 28
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Normativa - Reglamento 0021 - Articulo 28
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Artículo 28    (No vigente*)
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Artículo 28.—Durante un procedimiento administrativo de carácter disciplinario, el informe de relación de hechos u otro informe elaborado por la Auditoría Interna, podría ser considerado por el Órgano Director como elemento de apoyo. Esto sin que el Órgano Director renuncie a sus potestades legales de establecer por sus propios medios, la verdad real de los hechos.


 

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