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 Normativa >> Resolución 322 >> Fecha 17/09/2010 >> Articulo 5
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Normativa - Resolución 322 - Articulo 5
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Artículo 5
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5 Informar a los representantes de transportistas y los transportistas autorizados para declarar tránsito internacionales terrestres, que en aplicación de la RES-DGA-321-2010 de fecha diecisiete de setiembre de 2010, deben disponer en su sistema informático de las carpetas VGOBS y VGOBR para responder “Observaciones” y VGNOR y VGNOT para responder “Notificaciones”. Lo anterior a efectos de dar respuesta a los mensajes de “Observaciones” y “Notificaciones” que les sean enviadas a través de la VAN como producto del proceso de revisión que puede ser sometida la declaración aduanera de tránsito de cualquier modalidad.


 

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