III.—Derogar:
1. La circular del 17 de noviembre de 2000 emitida
por el Contralor General de la
República, publicada en La Gaceta Nº 9 del 12
de enero del 2001.
2. El Reglamento sobre la calificación de sujetos
privados idóneos para administrar fondos públicos (R-2-2005-CO-DFOE), emitido
mediante resolución R-CO-33 de las 10:00 horas del 25 de abril de 2005,
publicado en La Gaceta 91 del 12 de mayo de 2005.
3. Las Directrices sobre los requisitos mínimos
que deben presentar los sujetos privados para obtener la calificación de
idoneidad para administrar fondos públicos (D-1-2005-DFOE), emitido por
resolución DFOE-0141, de las 15:00 horas del 10 de junio de 2005, publicada en La Gaceta 123 del 27 de
junio de 2005.
4. La resolución R-CO-70-2006 de las 9:00 horas
del 4 de setiembre de 2006, publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de
setiembre del 2006.
5. El Reglamento para el trámite ante la
Contraloría General de la República de autorización de apertura de libros de
los sujetos pasivos que no cuenten con auditoría interna (R-3-2009-DC-DJ),
emitido por resolución de las 11:00 horas del 8 de octubre de 2009, publicado
en La Gaceta Nº 208, del 27 de octubre del 2009.
Rige a partir de su publicación.
Publíquese.
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