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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36257 >> Fecha 05/08/2010 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36257 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días del mes de agosto del dos mil diez.

 

 

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