INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
Nº 2010-479
REGLAMENTO
RENDICIÓN DE
CAUCIONES DEL INSTITUTO
COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—De la naturaleza. El presente
Reglamento regula el procedimiento para rendir la caución por parte del
Presidente Ejecutivo, Gerente General, Subgerente General, Subgerentes
Técnicos, Directores de UEN o Nacionales, Directores Regionales, Directores de
Zona, Directores Generales, encargados de coordinar, dirigir, administrar,
registrar o custodiar fondos fijos de cajas chicas, de trabajo, cajas
recaudadoras y valores públicos ( cheques, letras de cambio, pagarés y
garantías) y bodegueros del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, conforme lo señalado en el artículo 13 de la Ley de la Administración
Financiera, la
Norma 4.6.1 del Control Interno Para el Sector Público, el
artículo 8 y 12 de la Ley
General de Control Interno Nº 8292 y el artículo 3 y 4 de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº. 8422.
|