Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 27 - A >> Fecha 05/07/2010 >> Articulo 8
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 8     >>
Normativa - Reglamento municipal 27 - A - Articulo 8
Ir al final de los resultados
Artículo 8    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 8º—Para la solicitud de modificación presupuestaria, los Coordinadores de las Unidades Administrativas, utilizarán la herramienta denominada “Solicitud de Modificación Presupuestaria; y contendrá la siguiente información:

   La fecha y número de la solicitud.

   El código y Programa presupuestario que se solicita modificar

   El código y Subprograma presupuestario que se solicita modificar

   La meta que se afectará y el monto.

   La meta que se está creando, monto de la misma y período en que se ejecutará.

   El saldo de los renglones a los que se les rebaja el monto indicado

   El saldo de los renglones a los que se les aumenta el monto indicado

   Constancia de la tesorería municipal, sobre la disponibilidad presupuestaria.

   Indicar que no se están desviando recursos que tienen un fin específico.

   Indicar que no se están desviando recursos comprometidos por leyes, salvo que se acredite que estos ya han sido atendidos.

   Indicar que no se está afectando recursos comprometidos por licitaciones o contratos.

   Firma del responsable de la unidad administrativa que solicita la modificación presupuestaria y el aval del Director del área a que corresponde.


 

Ir al inicio de los resultados